LA LEY CONTRA LAVADO DE ACTIVOS
La cúpula del sector empresarial del país en meses atrás planteo
que la ley contra lavado de activos, lucha contra el narcotráfico y el
terrorismo podría generar una situación compleja en materia de las inversiones
en nuestro país, lamentablemente muy pocos oídos fueron receptivos a esas
declaraciones.
Nosotros coincidimos con el sector empresarial, porque en nuestro país se aprueban leyes sin la
socialización o adaptación necesaria para aplicarlas al entorno económico y social que vive nuestro país. Esto no quiere decir que no se estemos preparados para cambiar, sino que los cambios
deben producirse de acuerdo a la capacitad de la sociedad para asimilarlos,
como dirían los sociólogos.
Por ejemplo, si hacemos una legislación para regular las
exportaciones de vehículos en el país, nuestro entorno social no podrá asimilar
esa legislación, porque no producimos vehículos, o el ejemplo del código procesal penal que
tiene una serie de disposiciones que benefician al imputado, pero en República Dominicana no tenemos los
mecanismos para aplicar y supervisar las deposiciones del código que es una
copia de los países desarrollados y allí si funciona.
Nosotros planteamos que la ley hay que aplicarla porque ya está
aprobada, reglamentada y con normas de aplicación desde el ámbito de la
administración tributaria, ósea es una realidad y débenos convivir con esa
realidad, por eso hay que estudiar la ley 155-17, su reglamento y sus normas
para poder cumplir con una normativa copiada prácticamente de los estados
unidos de Norteamérica y que en todos los países de latinoamericanos ya se está
aplicando desde hace varios años y ahora nos toca a nosotros en la republica
dominicana.
La administración tributaria emito 5 normas que se refieren al
lavado de activos, que toca los sectores profesionales, contadores, abogados,
registradores de títulos y otros, al sector inmobiliario, las joyerías, compra
y venta de vehículos, constructoras y régimen sancionatorio, es decir, la forma
de hacer negocios es la misma, pero cambio la legislación que le da garantía al
que compra y al que vende que la actividad está siendo realizada bajos los elementos de la ley y no para
introducir a la economía dinero no procedente de fuentes ilícitas.
Ahora hay que ser más cuidadoso con los negocios, con lo que los
contadores dictaminan para bancos y la administración tributaria, con los que
los abogados notarios certifican, con
los que los abogados en general administran en el ejercicio de su profesión,
los empresarios deberán ser más transparentes en el ejercicios de sus negocios
porque la evasión fiscal es considerada como lavado de activos y entra en el ámbito
de la ley, es decir, a cuidarnos todos para evitar dificultades que se pagaran con mucho dinero y mucha prisión como
lo plantea la ley.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario