La norma
general número 2021-05 refiere la
modificación LA NORMA
GENERAL NÚM. 05-2014 SOBRE USO DE MEDIOS TELEMÁTICOS DE LA DGII u oficina virtual,
esta norma fortalece el uso de la oficina virtual de la administración
tributaria y coloca a los administradores de la oficina virtual
que hacen uso de la misma con
autorización de los contribuyentes como responsables solidarios de las informaciones
remitidas a la administración tributaria, en el artículo 2 realiza una serie de
definiciones a saber:
w) Delegación de funciones: Proceso mediante el cual el contribuyente
delega funciones en el ámbito de la OFV a una persona física, denominada responsable
o tercero mandatario, el cual conlleva la asignación de la autoridad necesaria
para que este pueda ejecutar las acciones necesarias en función de las
obligaciones tributarias del contribuyente.
x) Responsable: Es la persona física que podrá ser administrador general de
la OFV delegado por el contribuyente (respecto del cual se verifica el hecho
generador de la obligación tributaria), mediante la delegación de funciones,
para que actúe en su nombre y representación en la OFV. Este podrá cumplir con
las obligaciones tributarias en nombre del contribuyente y será solidariamente
responsable con el contribuyente.
y) Tercero Mandatario: Es la persona
física a quien el contribuyente (respecto del cual se verifica el hecho
generador de la obligación tributaria), o el responsable, Página 4 de 6
autorizan mediante la delegación de funciones a que actúen en su nombre y
representación en la OFV con las funciones específicas que le sean asignadas.
z) Autenticación (Identificación):
Proceso mediante el cual todos contribuyentes que requieran acceso a la OFV
deben demostrar ante la DGII la identidad de quienes aseguran ser.
Esta norma también
establece, que las notificaciones serán envidas por medio de virtuales y tiene
las mismas fuerza legal que si fuera una notificación física por lo cual su
cuenta de la oficina virtual se convierte en una dirección fiscal como lo
establece el artículo 7.
Domicilio Fiscal Virtual y Notificaciones en la Oficina Virtual (OFV). La DGII
dispone de un buzón electrónico en la OFV, con dos apartados: uno para la
publicación de mensajes y otro para la colocación exclusiva de notificaciones.
Dicho buzón se entenderá como el Domicilio Fiscal Virtual del contribuyente. Y
tiene una serie de párrafos importantes para el contribuyente.
El artículo
8 establece Responsabilidad del
Contribuyente, Responsable y Tercero Mandatario. El contribuyente, responsable
y tercero mandatario son los únicos responsables del manejo de su usuario y
clave, así como de la utilización adecuada de los mecanismos de autenticación
alternos definidos por la DGII. Estos deberán aceptar los Términos de Uso
establecidos para poder tener acceso a la OFV y utilizar las herramientas
contenidas en ella. Solo el contribuyente y responsable podrán, mediante la
delegación de funciones, delegar la utilización de la OFV.
Este articulo tiene 5 párrafos y mencionares específicamente el
párrafo 5, no es que los demás no tengan
intereses es que este puede encarecer los servicios de los mipymes en función
de lo que establece la normativa 2021-05 y las responsabilidades que los
terceros asumen frente a la administración tributaria, llamo terceros,
contadores, consultores, y cualquier otro ente que tenga responsabilidad de
reportar a la administración tributaria,
El párrafo
5 dice de la siguiente forma: Párrafo V: El contribuyente, responsable y tercero mandatario son
solidariamente responsables de la obligación tributaria a su cargo conforme lo
dispone el Código Tributario, sin desmedro de las responsabilidades que puedan
surgir de las acciones y omisiones con relación al cumplimiento de la
delegación de funciones.
Esta normativa
es importante que los mipymes , el sector empresarial en general y personas
físicas contribuyentes conozcan esta normativa, así como lo consultores,
contadores, y aquellos que pueden estar
en el quehacer impositivo, ya que esta norma aumenta el riesgo de los terceros
o mandatarios como se ha definido en esta norma 2021-05.
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