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lunes, 7 de agosto de 2017

NUESTRA OPINIÓN 22-7-2017

LEY DE LAVADO

La ley 155-2017 es un instrumento creado para combatir el delito  en contra de lavado de activos y lucha al terrorismo, entendemos que los mecanismos legales emitidos por el congreso y promulgado por el poder ejecutivo tienen fuerza de ley como lo establece la Constitución de la República y esto no tiene discusión, lo que implica que debemos conocer la ley para no estar sujeto a la misma por desconocimiento.
 Esta ley tiene elementos importantes de control que deben ser asumidos por personas y entidades que hacen negocios en la República Dominicana, y tiene la figura de los sujetos obligados, donde define una serie de profesiones y acciones de negocios que están obligados a denunciar ante los organismos  que define la ley la posibilidad de operaciones sospechosas, entre los que están los abogados notarios, los contadores, las cámaras de comercio, aseguradoras de seguros entre otras acciones de negocios y profesiones.
Desde la fundación gerencia en acción entendemos que esta ley debe socializarse a todos los sectores de la vida nacional, y que debe entrar en vigencia en forma gradual como se ha hecho con otras leyes de tanta importancia, que implica poner en riesgo la libertad y los bienes de personas  que por desconocimiento pueden estar en la línea de acción de la ley de lavado.
La ley está aprobada y entro en vigencia,  esperamos que no sea una copia como de tantas leyes que nos imponen los organismos internacionales y luego debemos de modificarla porque no es adaptable a la cultura y la dinámica social y económica de la república dominicana,  estimamos que este es uno de los riesgos que  tiene esta ley para su aplicación integral.  Exhortamos al sector empresarial y los profesionales que tienen fe pública a que estén atentos para no que caer entrampado en una ley que pocos conocemos.

                                                                   

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