RNC NUMERO 43013497-1, REGISTRO DE INCORPORACIÓN NUMERO 70-0000460, REGISTRO ASFLS NUMERO 5614, TELÉFONO: 809- 237-2324. E-mails. fundaciongerenciaenaccion@hotmail.com, fundacióngerenciaenaccion@gmail.com, Webside: http://www.gerenciaenaccion.blogspot.com/, CARRETERA SÁNCHEZ NUMERO. 41, PIEDRA BLANCA, MUNICIPIO DE LOS BAJOS DE HAINA, PROVINCIA SAN CRISTÓBAL: INTERVENCIÓN AZUA, BANI, BARAHONA, BAHORUCO, ELÍAS PIÑA, INDEPENDENCIA, PEDERNALES, OCOA, SAN JUAN, Y SAN CRISTÓBAL
sábado, 24 de julio de 2021
sábado, 17 de julio de 2021
sábado, 10 de julio de 2021
lunes, 5 de julio de 2021
domingo, 4 de julio de 2021
NUESTRA OPINION 3-07-2021
HURACAN ELSA
El país se prepara para ser impactado por el huracán Elsa categoría 1, los pronósticos indican que la zona sur será el posible blanco de este fenómeno, por eso es necesario activar los planes de contingencia ante esta eventualidad, los mipymes, las familias e instituciones públicas y privadas deben evaluar sus necesidades de protección y tomar las medidas oportunas ante el inminente paso de este huracán.
Recolectar la basura en nuestro entorno y disponer de ella para que no sean arrastradas por las aguas en calles y cañadas para no contribuir con inundaciones por este motivo, remover escombros y objetos que puedan ser usado por la brisa para impactar a personas y propiedades, podar los árboles, salir de áreas vulnerables en tiempo correcto, ubicar los refugios, escuchar en forma permanente las orientaciones de las autoridades del centro de operaciones de emergencia COE provincial y nacional, entre otras acciones son la prioridad en estos momentos.
Desde la
fundación gerencia en acción les exhortamos a seguir las instrucciones de la
autoridad competente, prevenir es lo sano y lo conveniente, así que a
prepararnos para salir airoso de esta prueba del señor Dios que todo lo puede.
RESUMEN NORMA GENERAL 2021-05 DGII
La norma
general número 2021-05 refiere la
modificación LA NORMA
GENERAL NÚM. 05-2014 SOBRE USO DE MEDIOS TELEMÁTICOS DE LA DGII u oficina virtual,
esta norma fortalece el uso de la oficina virtual de la administración
tributaria y coloca a los administradores de la oficina virtual
que hacen uso de la misma con
autorización de los contribuyentes como responsables solidarios de las informaciones
remitidas a la administración tributaria, en el artículo 2 realiza una serie de
definiciones a saber:
w) Delegación de funciones: Proceso mediante el cual el contribuyente
delega funciones en el ámbito de la OFV a una persona física, denominada responsable
o tercero mandatario, el cual conlleva la asignación de la autoridad necesaria
para que este pueda ejecutar las acciones necesarias en función de las
obligaciones tributarias del contribuyente.
x) Responsable: Es la persona física que podrá ser administrador general de
la OFV delegado por el contribuyente (respecto del cual se verifica el hecho
generador de la obligación tributaria), mediante la delegación de funciones,
para que actúe en su nombre y representación en la OFV. Este podrá cumplir con
las obligaciones tributarias en nombre del contribuyente y será solidariamente
responsable con el contribuyente.
y) Tercero Mandatario: Es la persona
física a quien el contribuyente (respecto del cual se verifica el hecho
generador de la obligación tributaria), o el responsable, Página 4 de 6
autorizan mediante la delegación de funciones a que actúen en su nombre y
representación en la OFV con las funciones específicas que le sean asignadas.
z) Autenticación (Identificación):
Proceso mediante el cual todos contribuyentes que requieran acceso a la OFV
deben demostrar ante la DGII la identidad de quienes aseguran ser.
Esta norma también
establece, que las notificaciones serán envidas por medio de virtuales y tiene
las mismas fuerza legal que si fuera una notificación física por lo cual su
cuenta de la oficina virtual se convierte en una dirección fiscal como lo
establece el artículo 7.
Domicilio Fiscal Virtual y Notificaciones en la Oficina Virtual (OFV). La DGII
dispone de un buzón electrónico en la OFV, con dos apartados: uno para la
publicación de mensajes y otro para la colocación exclusiva de notificaciones.
Dicho buzón se entenderá como el Domicilio Fiscal Virtual del contribuyente. Y
tiene una serie de párrafos importantes para el contribuyente.
El artículo
8 establece Responsabilidad del
Contribuyente, Responsable y Tercero Mandatario. El contribuyente, responsable
y tercero mandatario son los únicos responsables del manejo de su usuario y
clave, así como de la utilización adecuada de los mecanismos de autenticación
alternos definidos por la DGII. Estos deberán aceptar los Términos de Uso
establecidos para poder tener acceso a la OFV y utilizar las herramientas
contenidas en ella. Solo el contribuyente y responsable podrán, mediante la
delegación de funciones, delegar la utilización de la OFV.
Este articulo tiene 5 párrafos y mencionares específicamente el
párrafo 5, no es que los demás no tengan
intereses es que este puede encarecer los servicios de los mipymes en función
de lo que establece la normativa 2021-05 y las responsabilidades que los
terceros asumen frente a la administración tributaria, llamo terceros,
contadores, consultores, y cualquier otro ente que tenga responsabilidad de
reportar a la administración tributaria,
El párrafo
5 dice de la siguiente forma: Párrafo V: El contribuyente, responsable y tercero mandatario son
solidariamente responsables de la obligación tributaria a su cargo conforme lo
dispone el Código Tributario, sin desmedro de las responsabilidades que puedan
surgir de las acciones y omisiones con relación al cumplimiento de la
delegación de funciones.
Esta normativa
es importante que los mipymes , el sector empresarial en general y personas
físicas contribuyentes conozcan esta normativa, así como lo consultores,
contadores, y aquellos que pueden estar
en el quehacer impositivo, ya que esta norma aumenta el riesgo de los terceros
o mandatarios como se ha definido en esta norma 2021-05.
NUESTRA OPINION 26 DE JUNIO 2021
Nueva vez PEDERNALES es noticia, en el gobierno de Danilo Medina se recuperaron los terrenos que estaban en manos de particulares en forma fraudulenta según la sentencia emitida por los tribunales de la Republica dominicana. Posteriormente se realizó el master plan como le llaman con estudios y visitas con inversionistas para el desarrollo del turismo en esa provincia del Sur del país.
El presidente Luis Abinader ha continuado con la vista en pedernales lo ha visitado en tres ocasiones y esta vez llevo un paquete de 500 millones de pesos para obras que incluye 24 kilómetros de carreteras entre nuevas y reparaciones y la reparación del hotel en cabo rojo como muestra de que el Estado Dominicano quiere que la zona tenga un impulso real que puede impactar toda la zona enriquillo, llámese Barahona, Bahoruco, independencia y obviamente pedernales.
La fundación gerencia en acción ha sostenido que el sur se encamina a grandes transformaciones, apoyamos las mismas porque esto mejorara la calidad de vida de los habitantes de la región sur, puede generar empleos dignos que hay combinar con el desarrollo de la agroindustria porque los turistas necesitaran alimentos para su consumo, además se debe ir construyendo la oferta laboral y mejor el servicio de hoteles y restaurantes existentes que pueden convertirse en establecimientos de tránsito y ofertas comerciales con estructuras modernas.
Esto es un sueño que nuestra organización lo
ha expresado siempre, este proceso vendrá, ahora hay que fortalecer los
controles migratorios para que los habitantes de la zona se beneficien
efectivamente del futuro que se está
construyendo.
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